Aunque asuma, Patti puede volver a prisión



El fiscal Sica solicitó al juez que “libre un oficio urgente para que la Cámara Legislativa resuelva su desafuero".


En términos jurídicos e institucionales, no habrá paz para Luis Patti, el ex intendente de Escobar y diputado electo, procesado por delitos de lesa humanidad. El fiscal federal de San Martín, Jorge Sica, adelantó a Criticadigital que solicitó al juez Alberto Suares Araujo que pida el desafuero del ex subcomisario a la Cámara Legislativa.

“El pedido lo hago al juez federal, para que le envíe el oficio y que el cuerpo en forma urgente trate el desafuero” del diputado que no llegó a asumir. "El tema dejó de ser judicial para ser un tema político. No sé qué están esperando para reunirse y resolverlo”, acotó el funcionario.

Luis Patti recuperó este miércoles su libertad después de casi cinco meses de prisión. La Cámara Federal de San Martín suspendió la prisión preventiva que cumplía en una causa en la que está acusado de secuestros y torturas durante la última dictadura, al entender que, como diputado electo, tenía fueros que impedían su arresto.

La resolución de la Sala I del tribunal se basó en el fallo de la Corte Suprema que declaró inconstitucional la decisión de la Cámara de Diputados que había impedido que el ex intendente de Escobar asumiera la banca obtenida en las elecciones de octubre de 2005.

“Si usted pude desaforar a un legislador que juró, puede desaforar a uno que no juró. El que está facultado a lo más, también lo está a lo menos”, interpretó el fiscal, quien especificó que este desafuero “como están hoy las cosas, es resorte exclusivo de la Cámara Legislativa, jure o no jure” el subcomisario procesado.

Sica explicó que la resolución de la Corte Suprema de Justicia, así como la de la Cámara de San Martín, “suspendió la prisión preventiva, pero no la revocó”, por lo que el ex intendente de Escobar “puede volver a prisión” si los legisladores le quitan los fueros, conforme la potestad del cuerpo legislativo.

“La Ley de Desafuero es la 25.320 y es muy clara”, subrayó Sica. La norma especifica: “Cuando, por parte de juez nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se abra una causa penal en la que se impute la comisión de un delito a un legislador, funcionario o magistrado sujeto a desafuero, remoción o juicio político, el tribunal competente seguirá adelante con el procedimiento judicial hasta su total conclusión”.

“La inmunidad de arresto no es un privilegio del individuo sino que tiene como fin el adecuado desempeño de los poderes del Estado, protege a la institución y la función legislativa. Una correcta interpretación de la ley indica que la Cámara Legislativa pude adoptar el desafuero a un legislador que aun no asumió sus funciones”, detalló Sica.

Fuente: Diario Criticadigital

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